PAPELES PARA EL PROGRESO
NÚMERO 79                                                                                     MARZO - ABRIL  2015
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JUBILACIÓN ESCALONADA

 
La jubilación supone una etapa de la vida ligada a la actividad laboral, porque es una consecuencia de la misma y posible por la fiabilidad de un sistema que repercute de forma diferida parte de los salarios o beneficios generados durante el periodo activo.
Con frecuencia se critica que la estructura socio-laboral de muchos países carece de la suficiente flexibilidad para favorecer la competitividad, y en base a ello se favorecen medidas que, la mayor parte de las veces, no reconocen el consentimiento social de los trabajadores, cuando son ellos quienes, como ciudadanos y productores, deberían ser protagonistas esenciales. En el caso de la jubilación es de reseñar que son tan distintos los factores que afectan a unas y otras personas por salud, cuando se alcanzan los albores de la tercera edad, que sería deseable que la jubilación pudiera adecuarse a las condiciones de cada uno de ellos, tomando además en consideración que unos y otros trabajos requieren tan diversa intensidad de esfuerzo físico y síquico que el rendimiento y la utilidad puedan verse afectados, por lo que es buena una flexibilidad suficiente para poder acceder a la jubilación en el tiempo y modo más adecuado para cada trabajador. Por una parte hay que considerar el derecho generado durante la vida laboral activa, y por otra buscar fórmulas para que cada persona pueda disfrutar de ese derecho del modo más adecuado a su condición durante la horquilla de años que pueden considerarse propios para pasar a la jubilación.
Una de esas posibilidades de flexibilización es la de estructurar la jubilación voluntaria escalonadamente durante una serie de años, de modo que se alternen durante cinco o diez años la posibilidad de compaginar trabajo activo y jubilación dedicando sucesivamente cada año menos tiempo al trabajo activo y complementando esa pérdida proporcional en la retribución salarial por parte del derecho a la prestación de jubilación. Por ejemplo el paso a la jubilación en diez años permitiría una reducción de la jornada del 10%, en ocho años del 12,5%, en cinco años del 20%. Ello permitiría que cada trabajador pueda elegir el modo que más se adecue a su salud y estado emocional. Este sistema permite que el paso del trabajo a la jubilación no suponga un cambio brusco de la actividad, al mismo tiempo que cada persona ajuste también los hábitos de disponibilidad de recursos al paso de una a otra situación, pues se iría año a año ganando algo menos hasta llegar paulatinamente a la prestación definitiva por jubilación que corresponda cobrar en función de las aportaciones realizadas en la vida laboral.
Los ajustes en la prestación de jubilación que en los últimos años se vienen planteando en muchos países en función de una estimada prolongación de la esperanza de vida podrían admitir formas alternativas más racionales que la de prolongar la edad de jubilación, pues es conocido que a partir de los sesenta años el cuerpo comienza a dar síntomas de agotamiento que no le permiten rendir como cuando se tienen cuarenta. Programar con la suficiente flexibilidad un escalonamiento de reducción de la actividad y jubilación parcial podría hacer que muchas personas se reconocieran capaces de asumir esas modificaciones de modo más congruente con la realidad de sus capacidades.
 

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