PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 82                                                                                     SEPTIEMBRE - OCTUBRE  2015
página 9

EL TERRITORIO ESPIRITUAL

 
Existen creencias religiosas que se consideran ligadas a determinados espacios geográficos del mundo, como si esos lugares hubieran sido una legación de Dios a ellos, o a sus antepasados, como colectivo de creyentes, originando derechos sobrenaturales sobre el dominio de esos territorios.
Con independencia del respeto al sentimiento religioso que se pueda conceder a toda persona, la vinculación de los individuos y los pueblos a los territorios no puede sustentarse sino en una relación vital consecuente de la colonización de las tierras por la implantación de la residencia y el dominio sobre la misma, deducido de la inversión del trabajo sobre sus recursos naturales para extraer los medios que atiendan las necesidades de desarrollo de la población.
La historia de la humanidad constituye una sucesión de acontecimientos acaecidos al género humano desde la más remota antigüedad, de la que sólo se conoce lo que de alguna manera ha dejado huella para atisbar cómo fue la vida de los hombres en los tiempos pretéritos. Ese legado histórico nos enseña la estructura material de supervivencia de los pueblos, la evolución de su técnica de dominio de la naturaleza y sus relaciones culturales, siendo las fuentes de estas últimas limitadas prácticamente a los siglos donde alguna forma de escritura revela su conciencia de ser; tanto es así, que es este periodo al que realmente se le considera objeto de la disciplina histórica, mientras de lo precedente son las ciencias de la paleoantropología y la arqueología las que nos desvelan las características de su existencia. Aunque todas esas ciencias nos instruyen sobre el pasado del ser humano, el concreto reducto de su conciencia la penetramos mejor con la ayuda de la filosofía y por la analogía con la realidad sicológica de la humanidad actual.
La religión en la civilización moderna considera al alma humana como el sujeto próximo de la realidad sobrenatural por la que el hombre puede relacionarse con Dios, a quien reconoce espíritu inmaterial, en distinción de la corporalidad con que las distintas formas de mitología consideraban a los dioses, a semejanza del hombre. Que Dios sea espíritu justifica que pueda relacionarse con el hombre espiritual, pero siempre en el ámbito propio de la espiritualidad, lo que no excluye que de esa relación se deduzca una adecuación de la conducta personal según un orden moral. Cuando desde ese orden moral lo que se pretende justificar son privilegios materiales de una religión sobre el resto de la humanidad, por mucho y bien que se quiera argumentar, se incurrirá en la confrontación con cualquier otra persona que no concede más vinculación de esa moral que a quien sostiene la relación espiritual. Más aún, cualquier precepto moral puede obligar a la conciencia de una persona, pero la responsabilidad de su conducta ante la sociedad procede del ejercicio de la libertad de su conciencia, no de la intuición divina que considera le obliga a actuar.
El ámbito de relación que comparten los creyentes de una misma religión debe ser entendido como un territorio espiritual, no material, porque ni las piedras, ni las casas, ni los campos, ni las ciudades, ni los coches, ni las tumbas poseen conciencia moral para identificarse con una realidad sobrenatural. Los medios materiales que puedan disponer un grupo de creyentes para relacionarse, no son de designio, propiedad, ni derecho divino, sino propiedades comunitarias o multipropiedades de aquellos creyentes que los construyen voluntariamente para darles un fin de culto, reunión o servicios sociales; por lo cual tienen los mismos derechos y deberes que el resto de los bienes semejantes respecto a las instituciones sociales.
La evolución de las mismas comunidades religiosas generan continuas mutaciones en el fin de los bienes comunes, porque ni todos, ni siempre, permanecen invariables los criterios personales con que en un tiempo anterior sus predecesores actuaron, siendo un motivo no menor de enfrentamiento entre quienes se sienten con derechos por legitimidad de transmisión patrimonial y los que los invocan como propiedad moral; algo que posee trascendencia social enorme cuando los bienes acumulados por las confesiones religiosas integran ciudades, pueblos, fincas, pozos o cualquier otro bien con dimensión social.
El límite de la supuesta territoriedad religiosa se alcanza cuando afecta a toda una nación la consideración vinculante por tradición a los preceptos de una religión. Con independencia de la afectación negativa sobre la libertad cultural, lo más grave es que se pondere que la comunidad no lo es por relaciones de creencias o afectivas entre las personas y Dios, sino como consecuencia del mandato imperativo de la restricción de una ley sobre habitantes nacidos en un determinado territorio nacional. Quienes esto defienden lo justifican en el poder de Dios que otorga la vida a las personas, pero olvidan que eso lo realizan desde una autoridad religiosa que realmente posee el poder que los creyentes le confieren sobre ellos, pero deslegitimando el derecho natural de cualquier otra personas a decidir en conciencia sobre su adscripción a una o ninguna religión, aunque convivan en una proximidad vecinal que les vincula igualmente a cumplir las obligaciones sociales de justicia y convivencia, pero sosteniendo la propia libertad para seguir las determinaciones de su conciencia sin por ello padecer exclusión ni marginación.
Si se admite la tendencia moderna de la espiritualidad religiosa, cualquier religión se podrá practicar en cualquier lugar, porque no existirá determinación material que lo estorbe. En la medida que una confesión religiosa reclame como propio un territorio y establezca un Estado confesional, el resto de la humanidad, creyente y no creyente, se encontrará legitimada para actuar en contrapartida limitando o excluyendo las relaciones políticas tanto como a sus ciudadanos les sean limitados sus derechos en esos territorios.
 

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