PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 89                                                                                   NOVIEMBRE - DICIEMBRE  2016
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RECAUDACIÓN E IMPUESTOS

 
Desde remota antigüedad hay constancia de la recaudación de tributos por los poderes públicos para sufragar gastos de protección social. Los iniciales posiblemente estén relacionados con la defensa de la población, bien sea con el mantenimiento de los gastos defensivos o con la sustentación de la superstición de estructuras religiosas que se tenían como garantes de protección sobrenatural. También surgieron impuestos para sufragar las infraestructuras cuando el poder no ostentaba el dominio de la economía que le permitiera afrontar esos gastos en función de los beneficios del comercio y la producción solidarizada. Además, según el domino real de los pueblos, se cobraban tasas de otros pueblos por permisos de paso, de protección, de dependencia, de comercio, etc.
Con la aparición del nuevo régimen, una gran parte de los estados del mundo han transmitido la responsabilidad de la producción y la economía a los ciudadanos, siendo estos quienes sufragan mediante impuestos y tasas, mayormente de modo proporcional a la riqueza que rentabilizan, el sostenimiento de las instituciones públicas, las infraestructuras estatales y los sistemas de protección social. Para la regulación efectiva de esas relaciones entre ciudadanos libres gobernados por poderes democráticos existen diversas teorías que propugnan su eficiencia social. Lo cierto es que las teorías sirven más o menos a determinados intereses, según la perspectiva desde las que se enfocan las tesis que las sostienen, orientándose por tanto a la definición del beneficio sectorial por encima bien común.
Una de esas teorías que sostiene la ideología neoliberal desde hace unas décadas es la de que la reducción de los porcentajes impositivos sobre la renta del trabajo permite de por sí aumentar la recaudación tributaria. Esta teoría, sin otras acotaciones, supone una ecuación que denunciaría su propia falsedad cuando se proyecta hacia el límite de su aplicación, pues matemáticamente supondría que a unos porcentajes próximos al cero la recaudación tributaria ascendería al máximo, pero simplemente operando se constata que cuanto más tienden a cero los porcentajes impositivos también tiende a cero la recaudación.
Ese mismo concepto erróneo condujo a algunas administraciones a pensar que cuanto más bajaran el tipo aplicado a los impuestos de una empresa determinada, más tributaría totalmente esta sociedad al crecer su base imponible por el aumento del negocio, pero se ha obtenido que ello no es real, pues lo recaudado tras años de esa aplicación ha quedado muy por debajo de lo que habrían de haber pagado de haberse mantenido los tipos anteriores.
Lo que sí puede aumentar al disminuir los tipos impositivos es el PIB, si al menos una parte de los impuestos ahorrados de abonar se destinan a inversión en producción; pero aunque se destinen a ello la totalidad, para compensar el importe no recaudado por la bajada de impuestos tendría el conjunto de la tributación sucesiva derivada de esa inversión equivaler a una cuota resultante del 100%.
El equilibrio presupuestario no puede obtenerse recortando la recaudación de impuestos sin incidir en la contención del gasto, y la contención del gasto público está relacionado con objetivos prioritarios de protección de derechos. Ese triángulo que forman la política fiscal, la inversión pública y la protección social es lo que regula la justicia distributiva para que todos sus parámetros generen una realidad homogénea, que no desfigure la que se espera de una sociedad culta, madura y democrática.
 

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