PAPELES PARA EL PROGRESO
DIRECTOR: JORGE BOTELLA
NÚMERO 92                                                                                  MAYO - JUNIO  2017
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PAREJAS DE BAILE

 
En la familia se pueden clasificar a modo de coordenadas dos formas de relaciones distintas, las horizontales que se dan entre los padres y las  verticales las que se generan entre padres e hijos. Las primeras se suponen horizontales porque se dan entre iguales, y las segundas se aplican a la verticalidad en función de la ascendencia. Unas y otras relaciones se distinguen en cuanto las verticales reflejan la necesidad y las horizontales la conveniencia.
Las relaciones de pareja exigen un mayor o menor entendimiento respecto al fin concreto al que se aplican. En especial, respecto a la responsabilidad en la paternidad el entendimiento debe ser máximo; en cambio, respecto a otros fines, como puede ser la ocupación laboral o el ocio, basta con una buena dosis de respeto mutuo. Para ejercer la paternidad se exige consenso, cooperación y coordinación, pues la paternidad y la maternidad no se complementan, sino que se funden en un único soporte de protección, educación e instrucción de los hijos. En cuanto menor vinculación al fin común del cuidado de la prole se advierta en el resto de las relaciones de cada miembro de la pareja, más se evidencia la necesidad de la mutua condescendencia para sostener una adecuada relación sentimental que admita la independencia de cada parte en el desarrollo de la vida social que reclama su personalidad.
El ejercicio de la vida social se fundamenta en relaciones profesionales, laborales, políticas, culturales, de ocio, religiosas, deportivas, etc., en las que puede haber coincidencia dentro de la pareja o no. La intervención de los dos miembros de la pareja en alguna de esas actividades lógicamente produce relaciones con terceros afines a ambos, pero la habitual no coincidencia supone la existencia de relaciones personales en total desconexión con la vida de pareja. El trato habitual de esas relaciones generan amistades, que corresponden respectivamente a una y otra parte de la pareja, y que, en su ámbito, excluyen toda referencia directa a la condición sentimental de cada parte. La gestión que se haga de la comprensión de esa realidad puede influir determinantemente en la vida familiar.
La componente cultural de la concepción de las relaciones conyugales pueden orientarse hacia el aislamiento de otras relaciones ajenas a los vínculos familiares, mediante una absorbente vida en común, o la más liberal concepción de convenir la pareja facilitar las relaciones sociales al margen de la actividad en común. Una y otra pueden ser beneficiosas para la cohesión familiar, pero exigen que haya concordancia de criterios en la pareja, pues lo más grave para la propia relación es que uno de los dos sea muy absorbente y el otro muy liberal, pues esa incompatibilidad de caracteres desemboca en el autoritarismo o en la ruptura.
Las implicaciones de responsabilidad de la vida familiar limita, pero no liquida, la vida social. Ello exige valorar las características de cada relación social identificando qué relaciones son incompatibles con los compromisos familiares, cuáles los benefician y cuáles se pueden considerar indiferentes. Del juicio ecuánime de ello y de su congruente aplicación se sigue el enriquecimiento de la personalidad que ofrece la diversificación de la amistad, que indirectamente repercute en la estabilidad en la vida familiar.
 

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